Anexo R El Crédito Fiscal para Personas Mayores o Discapacitadas

Las personas mayores o discapacitadas pueden reducir sus impuestos federales completando el Anexo R. Conozca qué es el crédito fiscal especial y quién califica para recibirlo.

Las personas de 65 años o más y aquellas que se han jubilado anticipadamente debido a una discapacidad pueden ser elegibles para un crédito fiscal federal que oscila entre $3,750 y $7,500. El crédito para personas mayores o discapacitadas reduce los impuestos federales sobre la renta para quienes califican, pero se aplican varias reglas de elegibilidad.

Conclusiones clave

  • El crédito para personas mayores y discapacitadas proporciona un crédito fiscal de $3,750 a $7,000 para aquellos que puedan cumplir con requisitos específicos de edad o discapacidad.
  • Son elegibles los contribuyentes de 65 años o más y los jubilados permanentes y totalmente discapacitados.
  • Calcular su crédito fiscal requiere unos sencillos pasos utilizando el Anexo R del IRS.

¿Quién califica para el Anexo R?

El Anexo R (Formulario 1040) puede ayudarlo a calcular el crédito para personas mayores o discapacitadas. Para calificar, debe ser ciudadano estadounidense o extranjero residente que:

  • Alcanzó la edad de 65 años antes del último día del año fiscal, o
  • Tenía menos de 65 años al final del año fiscal y cumplía con estos tres requisitos:
  • Se jubiló antes del último día del año fiscal y quedó permanente y totalmente discapacitado cuando se jubiló,
  • Recibió ingresos por incapacidad sujetos a impuestos durante el año,
  • Era menor que la edad de jubilación obligatoria establecida por su empleador, si la tiene.

Nota

El IRS considera que usted tiene 65 años el día antes de cumplir 65 años, por lo que si nació el 1 de enero de 1958, se considera que tiene 65 años a finales de 2022.

El requisito de discapacidad

El IRS lo define como permanente y totalmente discapacitado si cumple con varios requisitos.

  • Ya no podrá realizar ninguna actividad lucrativa sustancial. Si le pagan menos del salario mínimo, eso no se considera remunerado y si realiza un trabajo de recuperación, no se considera sustancial. La actividad debe ser sustancial y lucrativa para descalificarlo.
  • Un médico calificado debe certificar que usted ha tenido la afección o que se espera que la tenga de manera continua durante al menos 12 meses, o es probable que le cause la muerte.

Jubilarse por incapacidad

No necesariamente tienes que jubilarte formalmente. Se le puede considerar jubilado por discapacidad si se ha visto obligado a dejar de trabajar debido a su discapacidad.

Los ingresos por incapacidad deben pagarse según el plan de accidentes y salud o plan de pensiones de su empleador, y deben incluirse en sus ingresos como salarios o pagos en lugar de salarios por el tiempo que esté ausente de su trabajo debido a una incapacidad permanente y total.

Cualquier pago que reciba de un plan que no proporcione jubilación por incapacidad no es ingreso por incapacidad. Por ejemplo, un pago global por las vacaciones anuales acumuladas que recibe cuando se jubila por incapacidad es un pago de salario y no es un ingreso por incapacidad. Los ingresos por incapacidad no incluyen las cantidades que recibe después de alcanzar la edad de jubilación obligatoria establecida por su empleador, cuando usted habría tenido que jubilarse incluso si no hubiera quedado discapacitado.

Nota

El IRS ofrece una entrevista interactiva en su sitio web para guiarlo a través de los pasos para determinar si califica. Simplemente responda algunas preguntas y le dará una respuesta. La entrevista dura unos cinco minutos.

Límites de ingresos

Además de los otros factores de calificación, el ingreso bruto ajustado (AGI) de un contribuyente debe ser menor o igual a las siguientes cantidades a partir del año fiscal 2021 (la declaración que presentará en 2022).

Cómo calcular el crédito

El crédito fiscal es el 15% del monto inicial, menos el total del Seguro Social no sujeto a impuestos y ciertas otras pensiones, anualidades o beneficios por discapacidad que haya recibido. También debe sumar la mitad de su ingreso bruto ajustado (AGI), menos el monto límite de AGI. Estos son los pasos para calcular su crédito (analizaremos cada paso con más detalle a continuación):

  • Calcule su monto inicial.
  • Sume el total de su Seguro Social no sujeto a impuestos y otras pensiones no sujetas a impuestos.
  • Calcule su exceso de ingreso bruto ajustado y divídalo por dos.
  • Agregue el paso 2 al paso 3.
  • Reste la suma de los pasos 2 y 3 de la cantidad inicial, luego multiplique el resultado por 15%.

Esta fórmula le brinda un crédito fiscal tentativo. Luego, debe comparar el crédito provisional con la obligación tributaria federal calculada utilizando la "Hoja de trabajo de límite de crédito" que se encuentra en las Instrucciones para el Anexo R. El crédito tributario final es el menor entre el monto tentativo o el monto del límite de la obligación tributaria.

La cantidad inicial

Su monto inicial es el menor entre su ingreso por incapacidad imponible o los siguientes montos establecidos a partir del año fiscal 2021:

Beneficios de pensión no sujetos a impuestos

Las siguientes fuentes de ingresos se incluyen al medir la parte no imponible de los beneficios de pensión:

  • Pagos del Seguro Social no sujetos a impuestos, antes de deducir ciertas primas de Medicare y beneficios de compensación laboral.
  • Beneficios de la Junta de Jubilación Ferroviaria no sujetos a impuestos tratados como Seguro Social
  • Pagos de pensión, anualidad o discapacidad no sujetos a impuestos de la Administración de Veteranos, con ciertas excepciones
  • Cualquier otra pensión, anualidad o beneficio por incapacidad que esté excluido de los ingresos.

Los siguientes tipos de ingresos no se incluyen al medir la parte no imponible de los beneficios de pensión:

  • Montos que se tratan como devolución del costo de la pensión o anualidad
  • Anualidad por incapacidad pagadera según la Sección 808 de la Ley del Servicio Exterior de 1980
  • Cualquier pensión, anualidad o asignación similar por lesiones personales o enfermedad resultante del servicio activo en las fuerzas armadas de cualquier país, o en la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica o el Servicio de Salud Pública.

Limitaciones del ingreso bruto ajustado

Las siguientes cifras de AGI se utilizan para calcular el crédito:

Cómo reclamar el crédito

Reclamar el crédito para personas mayores o discapacitadas requiere presentar dos formularios adicionales con su declaración de impuestos. El Anexo R muestra sus cálculos sobre cómo llegó al monto de su crédito. Luego debe ingresar el total de este formulario en la Línea 6d del Anexo 3.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Quién califica para el crédito fiscal para personas mayores?

Puede calificar para el crédito fiscal para personas mayores ("crédito para personas mayores o discapacitadas") según su edad si tiene 65 años o más al final del año fiscal.

Si tiene menos de 65 años, puede calificar si se jubiló antes del último día del año fiscal y estaba total y permanentemente discapacitado cuando se jubiló, recibió ingresos por discapacidad sujetos a impuestos durante el año y era menor que la edad de jubilación obligatoria establecida. por su empleador, si lo tiene.

¿Qué es el crédito del Anexo R para personas mayores o con discapacidades?

El crédito del Anexo R se refiere a una hoja de trabajo que proporciona el IRS que permite a ciertas personas mayores o discapacitadas recibir un crédito de entre $3,750 y $7,500. El cálculo del crédito se basa en varias cifras, incluido su ingreso bruto ajustado y los beneficios del Seguro Social no sujetos a impuestos, entre otros.